Editorial

Cepo sí; corralito no

Finalmente, el Poder Ejecutivo implementó medidas en línea con lo anticipado. Por el lado de la liquidación de divisas, el BCRA anunció que las empresas deberán vender las divisas fruto de sus exportaciones en el mercado local dentro de un máximo de 5 días hábiles después del cobro o 180 días después del permiso de embarque. En el caso de los commodities será de 15 días corridos. Asimismo, las compañías deberán pedir autorización para comprar dólares para atesorar o girar al exterior y las personas humanas podrán adquirir hasta US$ 10.000 por mes. Por último, la compra de divisas para pagar importaciones o cancelar deudas en moneda extranjera no tiene límite, pero solo se podrá realizar a la fecha del vencimiento.

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