El impacto económico de la pandemia tiene un capítulo especial y preocupante en la caída de la recaudación producto de la situación que atraviesan la mayoría de los contribuyentes. Para poder mitigar el daño producido en la caída de lo recaudado, el Gobierno envió al Congreso un proyecto de ley para implementar una moratoria que lleve alivio a los contribuyentes, pero también que mejore las perspectivas de recaudación del Estado y mitigar así el impacto fiscal de la crisis.
Según han sostenido desde el oficialismo, el proyecto persigue 2 objetivos complementarios. Por un lado, facilitar el ingreso de quienes han quedado afuera por distintas situaciones del cumplimiento de sus obligaciones tributarias, previsionales y aduaneras y al mismo tiempo, generar un incremento significativo de la recaudación, que ha caído de manera notable. Se estima que alcanzará a una deuda total de ARS 534.000 millones.
Entre las principales características se encuentra la ampliación del universo de contribuyentes que pueden adherirse a la moratoria vigente a todas las personas jurídicas y humanas, pudiendo regularizar sus deudas (vencidas hasta el 30 de junio de 2020) los contribuyentes que no podían acceder en los términos de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva.
Por otro lado, las obligaciones tributaras y aduaneras adeudadas podrán regularizarse entre 96 y 120 cuotas, mientras que las obligaciones correspondientes a la seguridad social tendrán plazos más acotados: hasta 48 o 60 cuotas. Solamente establece condiciones para las empresas de mayor tamaño: durante 24 meses no podrán distribuir dividendos, realizar operaciones con títulos para eludir la normativa cambiaria ni acceder al mercado cambiario para realizar pagos a entidades vinculadas.
En lo que respecta a los beneficios, se plantea la condonación parcial de intereses y total de multas, tasa de interés fija del 2% mensual hasta enero de 2021 y una tasa variable en pesos a partir de entonces. Además, se permite utilizar todas las devoluciones aprobadas y pendientes de pago que el contribuyente tenga a favor en AFIP para compensar la deuda (solo pueden utilizarse aquellos saldos existentes antes de la aprobación de la ley y no puedan utilizarse saldos técnicos para compensar).
Si bien la iniciativa en términos generales fue bien acogida por la oposición, algunos aspectos de los alcances del proyecto encendieron alarmas y sospechas sobre alguno de los objetivos accesorios de la medida, como la posibilidad de contemplar empresas que ya estaban atravesando un proceso de quiebra y cuya continuidad no está asegurada.
Esto se entiende como un “traje a medida” para rescatar a la empresa del empresario Cristóbal López, Oil Combustibles, por lo que la oposición pide excluir a los quebrados por razones previas a la existencia del fenómeno sanitario y a las quiebras fraudulentas ya que pueden sentar un precedente peligroso. Asimismo, se busca excluir del beneficio a algunas personas jurídicas como a aquellas dedicadas a los juegos de azar y a las apuestas online.
Los reclamos opositores también establecen otorgar incentivos a cumplidores y además se solicita evaluar adicionalmente una reforma a la ley de quiebras que contemple esta situación extraordinaria y evite los procesos de quiebra masivos que podrían venir en los próximos meses.