La Ley de Administración Financiera establece en su artículo 26 que el Poder Ejecutivo debe presentar el proyecto de ley de Presupuesto General a la Cámara de Diputados, antes del 15 de septiembre del año anterior para el que regirá, culminando la denominada etapa de formulación presupuestaria. Por este motivo, el actual Gobierno envió el texto correspondiente al Presupuesto 2020.
Sin embargo, el hecho de que el actual Gobierno difícilmente siga gobernando a partir del 10 de diciembre hace que el texto definitivo muy probablemente se apruebe una vez que haya un nuevo Gobierno electo, o en todo caso, haya un Gobierno que asuma funciones y que haya tenido la posibilidad de planificar presupuestariamente el 2020.
De hecho, en los últimos 15 años, los Presupuestos aprobados en años electorales suelen ser aprobados más tarde (72 días después de ser presentados en promedio) que los aprobados en años NO electorales (62 días después). Lo curioso es que 5 de los últimos 15 años fueron recesivos, sin embargo, solo el Presupuesto 2019, aprobado el año pasado, contempló en la proyección de gastos una caída del PBI.
Por el lado opositor, no se recibió con mucho compromiso el texto del proyecto de Presupuesto elevado por el oficialismo, por tener demasiadas inconsistencias en su armado, según señalaron dirigentes de diferentes bloques. La relación entre la desaceleración de la inflación y el resultado fiscal, o la dinámica de las exportaciones con el tipo de cambio proyectado son ecuaciones que no resultaron demasiado creíbles para los opositores.
Esto hace pensar que el texto sufrirá importantes cambios antes de ser aprobado, que deberán provenir de quien luego del 27 de octubre -si es que la elección se resuelve allí-, sea el que tenga que asumir la responsabilidad de gobernar durante todo el año próximo.